Trámites18 de julio de 2026· 30 min lectura

Cambio Titular Luz Fallecimiento: Guía Gratis (2026)

Guía paso a paso para el cambio de titular de luz por fallecimiento. Trámite 100% gratis, online y rápido con Endesa, Iberdrola y más. Descubre cómo hacerlo.

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AltaLuz

Especialista en altas de luz

Índice +

Perder a un familiar es uno de los momentos más difíciles de la vida. Lo último en lo que quieres pensar es en gestionar contratos de luz o gas. Pero la realidad es que si no se actualiza el titular del contrato de suministro eléctrico, pueden surgir problemas graves: desde un corte de luz hasta dificultades para vender o alquilar la vivienda meses después.

La buena noticia es que el cambio de titular de luz por fallecimiento es un trámite totalmente gratuito, y en AltaLuz nos encargamos de gestionarlo por ti sin que tengas que llamar a ninguna operadora.

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Índice

  1. ¿Es obligatorio cambiar el titular por fallecimiento?
  2. ¿Se puede tener el contrato de la luz a nombre de un fallecido?
  3. ¿Qué documentos necesito para el cambio de titularidad?
  4. ¿Cuánto cuesta y cuánto tarda?
  5. ¿Qué pasa con los recibos y deudas a nombre del fallecido?
  6. Cambio de titular con Endesa por fallecimiento
  7. Cambio de titular con Iberdrola por fallecimiento
  8. Cambio de titular con Naturgy por fallecimiento
  9. Cambio de titular con TotalEnergies por fallecimiento
  10. Cambio de titular con Repsol por fallecimiento
  11. Cambio de titular con Energía XXI por fallecimiento
  12. Cambio de titular con Curenergía por fallecimiento
  13. Lo hacemos por ti en AltaLuz

¿Es obligatorio cambiar el titular por fallecimiento? {#obligatorio}

Sí, es obligatorio. El contrato de suministro eléctrico está vinculado a una persona física. Cuando esa persona fallece, el contrato pierde su validez legal y la comercializadora debe ser notificada para actualizar los datos del titular.

Si no se realiza el cambio de titular de la luz por fallecimiento, pueden ocurrir varias situaciones problemáticas:

  • Corte de suministro: Si los herederos no pueden o no quieren domiciliar los recibos en una cuenta activa, la compañía acabará cortando la luz por impago. Reactivar el suministro después implica pagar derechos de reconexión que pueden superar los 100 €.
  • Bloqueo del CUPS: El código de identificación de la instalación (CUPS) puede quedar bloqueado a nombre del fallecido, lo que genera problemas enormes si más adelante alguien quiere contratar un nuevo suministro en esa dirección.
  • Dificultades en la venta o alquiler: Si se intenta vender o arrendar la vivienda con el contrato a nombre de un fallecido, el proceso se complica notablemente. Algunos notarios exigen que los suministros estén regularizados para autorizar la escritura de compraventa.
  • Acumulación de deuda: Los recibos no dejan de emitirse. Si nadie los paga, la deuda crece y puede terminar en un proceso de reclamación que afecta a la herencia.

¿Quién puede realizar el cambio?

El cambio de titular de luz por fallecimiento puede llevarlo a cabo:

  • El cónyuge o pareja de hecho del fallecido.
  • Los hijos, padres o hermanos (herederos directos).
  • Cualquier heredero designado en el testamento.
  • Un inquilino que haya tomado posesión de la vivienda mediante contrato de arrendamiento.
Si no hay un heredero claro o el proceso de herencia está en marcha, se puede solicitar a la compañía un plazo de cortesía (habitualmente de 30 a 60 días) para regularizar la situación sin que se corte el suministro.

¿Se puede tener el contrato de la luz a nombre de un fallecido? {#nombre-fallecido}

Técnicamente, los contratos no se cancelan de forma automática cuando fallece el titular. Muchos hogares siguen durante meses (e incluso años) recibiendo facturas a nombre de la persona fallecida, especialmente si la domiciliación bancaria sigue activa en una cuenta con fondos.

Sin embargo, mantener el contrato de la luz a nombre de un fallecido tiene riesgos importantes:

  1. Riesgo legal: El contrato carece de validez jurídica. Si surgiera cualquier reclamación relacionada con el suministro, los herederos podrían tener problemas para acreditar la titularidad.
  2. Riesgo fiscal: Si el fisco detecta que se siguen usando cuentas o contratos de una persona fallecida sin haber declarado la herencia, puede haber consecuencias tributarias.
  3. Riesgo operativo: Si se necesita realizar cualquier modificación del contrato (cambiar la tarifa, subir la potencia, etc.), la compañía lo bloqueará porque el titular está registrado como fallecido en su base de datos.
La recomendación es clara: realiza el cambio de titular cuanto antes. Es gratuito, no tiene complicaciones y te ahorra problemas futuros.

¿Qué documentos necesito para el cambio de titularidad por fallecimiento? {#documentos}

Para tramitar el cambio de nombre del contrato de la luz por fallecimiento, las comercializadoras solicitan la siguiente documentación. No todas piden exactamente los mismos documentos, pero esta es la lista completa:

Documentación sobre el fallecido

  • Certificado de defunción: Emitido por el Registro Civil. Es el documento fundamental para iniciar el trámite. Puedes solicitarlo de forma gratuita en el Registro Civil de la localidad donde falleció la persona, o de forma telemática a través del Portal de Ciudadanos del Ministerio de Justicia.
  • Nombre completo y DNI/NIE del antiguo titular (si están disponibles en facturas anteriores).

Documentación del nuevo titular

  • DNI o NIE en vigor del nuevo titular del contrato.
  • Nombre completo, teléfono y dirección de correo electrónico.
  • Número de cuenta bancaria (IBAN): Para domiciliar los futuros recibos. La compañía necesitará el código IBAN de 24 dígitos.

Documentación del suministro

  • Código CUPS: El Código Universal de Punto de Suministro es el identificador único de la instalación eléctrica. Son 20 o 22 caracteres que empiezan siempre por "ES". Lo encontrarás en cualquier factura antigua del suministro, tanto en papel como descargada desde la web de la compañía.
  • Dirección exacta del suministro: Calle, número, piso y municipio.

Documentación que acredita el derecho sobre la vivienda

Aquí es donde varían más los requisitos según la compañía:

SituaciónDocumento requerido
Heredero por testamentoTestamento notarial + certificado de defunción
Heredero sin testamentoActa de declaración de herederos (notarial)
Propietario por herencia formalizadaEscritura de adjudicación de herencia
Inquilino de la viviendaContrato de arrendamiento en vigor
Propietario por compraventaEscritura de compraventa

¿Y si no tengo todos los documentos?

Es habitual que durante los primeros meses tras un fallecimiento no estén disponibles todos los documentos de herencia, ya que los trámites notariales llevan tiempo. En ese caso:

  • Puedes solicitar a la compañía un plazo de moratoria explicando la situación.
  • En AltaLuz conocemos cómo gestionar estas situaciones y podemos ayudarte a negociar con la comercializadora para que no te corten el suministro mientras se resuelve la herencia.
💬 ¿Tienes dudas sobre qué documentos necesitas? Consúltanos gratis y te decimos exactamente qué pedir.

¿Cuánto cuesta y cuánto tarda el cambio de titularidad por fallecimiento? {#coste-plazo}

Coste

El cambio de titular de luz por fallecimiento es completamente gratuito. Ni la distribuidora ni la comercializadora pueden cobrarte nada por este trámite. El único coste que podría surgir es si, aprovechando el cambio de titular, se decide también:

  • Cambiar la potencia contratada: Si se decide aumentar la potencia del contador, sí se pagan derechos de acceso regulados.
  • Realizar una nueva acometida: Si el suministro llevaba más de 3 años cortado, se considera una nueva alta y tiene costes asociados.
Pero el mero cambio de nombre del titular es siempre gratuito.

Plazos

Los plazos varían según la compañía:

CompañíaPlazo estimado
Endesa2 a 5 días hábiles
Iberdrola3 a 7 días hábiles
Naturgy2 a 5 días hábiles
TotalEnergies5 a 10 días hábiles
Repsol3 a 7 días hábiles
Energía XXI / Curenergía5 a 20 días hábiles

Legalmente, el plazo máximo es de 20 días hábiles. Lo más habitual es que el cambio se haga efectivo en el siguiente ciclo de facturación.

Importante: Durante todo el proceso de cambio de titular, el suministro nunca se interrumpe. No te quedarás sin luz mientras se tramita el cambio.

¿Qué pasa con los recibos y las deudas a nombre del fallecido? {#deudas}

Esta es, sin duda, la pregunta más frecuente y que más preocupa a los herederos. ¿Tengo que pagar las facturas atrasadas de mi familiar fallecido?

La regla general

Las deudas eléctricas no se transmiten automáticamente con la vivienda (con el CUPS), sino que forman parte de la masa hereditaria personal del fallecido. Esto significa:

  • La deuda pertenece a la persona, no al punto de suministro.
  • Si aceptas la herencia "a beneficio de inventario", puedes limitar tu responsabilidad frente a las deudas.
  • Si renuncias a la herencia, no heredas ni los bienes ni las deudas.

¿Puede la compañía obligarme a pagar para hacer el cambio?

Aquí está la clave: las compañías eléctricas NO pueden condicionar el cambio de titular al pago de deudas previas. Esta práctica está expresamente prohibida por la normativa energética española.

Sin embargo, en la práctica, muchas comercializadoras lo intentan. Si te piden pagar las deudas del fallecido para tramitar el cambio, tienes dos opciones:

  1. Alta nueva sin subrogación: Te das de alta como titular completamente nuevo, aportando documentación que demuestre que la deuda no es tuya (escrituras de herencia, contrato de arrendamiento...). No asumes ninguna deuda anterior. El inconveniente es que técnicamente es una baja + alta, lo que puede implicar unos días sin suministro (raramente se llega a cortar, pero es posible en teoría).
  2. Cambio de titular con subrogación: Aceptas el contrato tal como está, incluyendo condiciones y, potencialmente, deudas. Es el proceso más rápido, pero solo se recomienda si estás seguro de que no hay deudas pendientes o si tú mismo generaste parte de los recibos impagados.

¿Qué pasa con los recibos a nombre del fallecido que se siguen emitiendo?

Si sigues pagando los recibos que llegan a nombre del fallecido, legalmente estás reconociendo una deuda que no es tuya. Lo correcto es:

  1. Tramitar el cambio de titular cuanto antes.
  2. Si hay recibos devueltos o impagados del fallecido, revisarlos con un asesor legal para saber si forman parte de la herencia.
En AltaLuz podemos ayudarte a revisar el histórico de la cuenta y a gestionar el cambio de la forma más conveniente para ti.

Cambio de titular con Endesa por fallecimiento {#endesa}

Endesa es la distribuidora y comercializadora principal en el sur de España, Canarias, Baleares y Aragón. Para tramitar el cambio de titular con Endesa por fallecimiento, tienes varias vías:

Por teléfono

CanalNúmeroHorario
Clientes nacionales800 760 909 (gratuito)Lunes a viernes 8h-22h
Desde el extranjero+34 937 061 510Lunes a viernes 8h-22h

Cuando llames, ten a mano el certificado de defunción, el DNI del nuevo titular y el código CUPS.

Online (Endesa por fallecimiento online)

El cambio de titular Endesa por fallecimiento online se puede gestionar a través de:

  • Oficina virtual de Endesa: www.endesaclientes.com → Sección "Gestiones" → "Cambio de titular"
  • App "Endesa Clientes": Disponible para iOS y Android. Permite subir la documentación escaneada directamente desde el móvil.
El proceso online es el más ágil y suele resolverse en 2 a 3 días hábiles.

Clientes en mercado regulado: Energía XXI

Si el contrato estaba con Energía XXI (la comercializadora de referencia de Endesa para el mercado regulado), el trámite se realiza directamente con ellos. Ver sección Energía XXI más abajo.

Pasos para el cambio con Endesa

  1. Reúne el certificado de defunción, tu DNI y el CUPS.
  2. Accede a la oficina virtual o llama al 800 760 909.
  3. Solicita el "cambio de titular por fallecimiento" (no confundir con "cambio de comercializadora").
  4. Sube o envía la documentación requerida.
  5. Recibirás una confirmación por email en 24-48 horas. El cambio se hará efectivo en el siguiente ciclo de facturación.
✅ Evita colas y esperas: Déjanos tramitarlo a nosotros. Somos intermediarios autorizados con línea directa con Endesa.

Cambio de titular con Iberdrola por fallecimiento {#iberdrola}

Iberdrola distribuye la electricidad en el norte de España, gran parte de Castilla y León, Navarra, País Vasco y zonas de Castilla-La Mancha. Para el cambio de titularidad Iberdrola por fallecimiento:

Por teléfono

CanalNúmero
Atención al cliente900 225 235 (gratuito)

Por email

  • clientes@tuiberdrola.es
  • Adjunta el formulario de cambio de titular cumplimentado (disponible en la web de Iberdrola) junto con el certificado de defunción y el DNI del nuevo titular.

Presencialmente

Puedes acudir a cualquier oficina comercial de Iberdrola con la documentación completa.

Clientes en mercado regulado: Curenergía

Si el contrato estaba en el mercado regulado, el titular era Curenergía (la distribuidora de referencia de Iberdrola). En ese caso, el trámite se hace con Curenergía. Ver sección Curenergía.

Documentación específica que pide Iberdrola

Iberdrola suele ser más estricta que otras compañías en la documentación. Exige con frecuencia que se adjunte el formulario oficial de cambio de titular que ellos mismos facilitan, debidamente firmado por el nuevo titular.


Cambio de titular con Naturgy por fallecimiento {#naturgy}

Naturgy (anteriormente Gas Natural Fenosa) es la principal distribuidora de gas natural en España y también opera como comercializadora eléctrica en muchas zonas. Para el cambio de titular con Naturgy por fallecimiento:

Por teléfono

CanalNúmero
Atención a clientes900 385 425 (gratuito)

Por el área de clientes online

Accede a www.naturgy.es → Mi cuenta → Gestiones → Cambio de titular.

En oficinas comerciales

Puedes acudir a cualquier oficina de Naturgy con la documentación completa.

Clientes en mercado regulado: Gas & Power

Si el contrato estaba con Gas & Power (la comercializadora regulada de Naturgy), el trámite se realiza con ellos por teléfono en el 900 100 502.

Particularidad del gas con Naturgy

Si el fallecido tenía contratado tanto la luz como el gas con Naturgy, el cambio de titular se puede gestionar de forma conjunta para ambos suministros en una sola gestión. Esto ahorra tiempo y papeleo.


Cambio de titular con TotalEnergies por fallecimiento {#totalenergies}

TotalEnergies (anteriormente EDP en España) opera como comercializadora en el mercado libre. Para cambiar el titular por fallecimiento:

Por teléfono

  • 900 907 000 (gratuito)

Por la web

Disponen de un formulario online en su página web donde puedes iniciar el trámite adjuntando la documentación.

Clientes en mercado regulado: Baser COR

Si el contrato estaba en el mercado regulado con Baser COR, el teléfono de contacto es el 900 902 947.


Cambio de titular con Repsol por fallecimiento {#repsol}

Repsol Luz y Gas opera como comercializadora en el mercado libre en toda España. Para tramitar el cambio de titular:

Por teléfono

  • 900 118 866 (gratuito)

Por email

  • modificaciones@repsolluzygas.com
Cuando envíes el email, incluye en el asunto: "Cambio de titular por fallecimiento - [CUPS]" para agilizar la gestión.

Cambio de titular con Energía XXI por fallecimiento {#energia-xxi}

Energía XXI es la comercializadora de referencia de Endesa para el mercado regulado (también conocida como PVPC). Si el contrato del fallecido estaba con Energía XXI, el cambio de titular Energía XXI por fallecimiento funciona de forma similar al de Endesa:
  • Teléfono: 800 760 909 (el mismo número que Endesa, ya que ambas compañías comparten infraestructura de atención al cliente)
  • Online: A través de la oficina virtual de Endesa o la app "Endesa Clientes"
El plazo de Energía XXI puede ser algo mayor que el mercado libre, ya que intervienen más actores en el proceso (distribuidora + comercializadora regulada).

¿Qué diferencia hay entre el mercado regulado y el libre?

  • Mercado regulado (PVPC): El precio de la electricidad varía cada hora según el mercado mayorista. Lo gestionan las comercializadoras de referencia (Energía XXI, Curenergía, Gas & Power...).
  • Mercado libre: Precio fijo acordado con la comercializadora. Suele ser más predecible y, en muchos casos, más barato.
Aprovechar el cambio de titular para pasarse al mercado libre puede suponer un ahorro de 150-300 € al año en la factura de la luz. En AltaLuz hacemos este análisis de ahorro gratis.

Cambio de titular con Curenergía por fallecimiento {#curenergia}

Curenergía es la comercializadora de referencia de Iberdrola para el mercado regulado. Para el cambio de titular de Curenergía por fallecimiento:
  • Teléfono: El mismo de Iberdrola, 900 225 235, indicando que tu contrato está en Curenergía.
  • Email: Pueden derivarte a un formulario específico de Curenergía.
El proceso es idéntico al de Iberdrola, pero el plazo puede ser algo más largo (hasta 15-20 días hábiles en algunos casos).

Cómo lo hacemos por ti en AltaLuz {#altaluz}

Sabemos que en estos momentos lo último que quieres es pasarte horas al teléfono esperando que te atienda un operador de una compañía eléctrica. Por eso existe AltaLuz.

Nuestro servicio de cambio de titular por fallecimiento es completamente gratuito. No cobramos ni un euro. Nos encargamos de:
  • Identificar la distribuidora y comercializadora correcta según tu CUPS.
  • Revisar si hay deudas pendientes y cómo afrontarlas sin heredar problemas.
  • Reunir y verificar la documentación necesaria.
  • Tramitar el cambio con la compañía, sin que tengas que llamar ni esperar.
  • Aprovechar el trámite para analizar si existe una tarifa más barata en el mercado y, si te interesa, gestionar el cambio simultáneamente.

¿Cómo funciona?

  1. Contáctanos por el formulario o por WhatsApp.
  2. Nos cuentas la situación y nos das el CUPS o una factura antigua.
  3. Nosotros nos encargamos de todo.
  4. Recibes una confirmación cuando el cambio está hecho.
No necesitas desplazarte a ningún sitio. No necesitas llamar a ninguna compañía. No tienes que pagar nada.
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>

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Preguntas frecuentes sobre el cambio de titular de luz por fallecimiento

¿Qué pasa si el titular del contrato de luz fallece?

Cuando el titular del contrato de luz o gas fallece, el contrato no se cancela de forma automática. Los recibos siguen emitiéndose a nombre del fallecido y cargándose en la cuenta domiciliada. Es necesario que un heredero o familiar directo tramite el cambio de titularidad para que el contrato quede a nombre de una persona viva. Si no se hace, la compañía puede acabar cortando el suministro por impago o bloquear el CUPS.

¿Cómo cambiar el titular de la luz por fallecimiento?

Para cambiar el titular de la luz por fallecimiento debes contactar con la compañía eléctrica (Endesa, Iberdrola, Naturgy, etc.) por teléfono, online o en oficinas, y aportar: el certificado de defunción, tu DNI, el código CUPS del suministro y tu IBAN bancario. El trámite es gratuito y tarda entre 1 y 20 días hábiles. También puedes delegarlo en AltaLuz, que lo gestiona gratuitamente.

¿Qué papeles necesito para cambiar la titularidad de la luz por fallecimiento?

Los documentos básicos son: certificado de defunción del anterior titular, DNI del nuevo titular, código CUPS (en la factura), IBAN bancario y un documento que acredite tu derecho sobre la vivienda (testamento, escritura de herencia, contrato de alquiler o escritura de compraventa). Algunas compañías también piden el DNI del fallecido.

¿Cómo cambiar el nombre del recibo de la luz por fallecimiento?

El nombre en el recibo de la luz se cambia tramitando el cambio de titular con la comercializadora. Puedes hacerlo por teléfono (cada compañía tiene un número gratuito), por email, a través de la app o la web de la compañía, o dejando que AltaLuz lo gestione por ti de forma gratuita.

¿Se puede tener el contrato de la luz a nombre de un fallecido?

Sí, técnicamente el contrato no se cancela automáticamente. Pero mantenerlo a nombre de un fallecido tiene riesgos: problemas legales si hay reclamaciones, dificultades para realizar modificaciones del contrato y complicaciones a la hora de vender o alquilar la vivienda. Se recomienda tramitar el cambio cuanto antes.

¿Cuánto cuesta el cambio de titular de la luz por fallecimiento?

El cambio de titular por fallecimiento es completamente gratuito, tanto el trámite con la compañía como la gestión a través de AltaLuz. El único coste posible sería si se modifica la potencia contratada al mismo tiempo.

¿Cuánto tiempo tengo para hacer el cambio de titular tras el fallecimiento?

No existe un plazo legal obligatorio. Sin embargo, cuanto más tiempo pase, más riesgo hay de que se acumulen deudas o de que la compañía corte el suministro. Se recomienda iniciar el trámite en las primeras semanas tras el fallecimiento.

¿Se puede hacer el cambio de titular de Endesa por fallecimiento online?

Sí. Endesa permite tramitar el cambio de titular por fallecimiento online a través de su oficina virtual en endesaclientes.com o mediante la app "Endesa Clientes". El proceso online es más ágil y suele resolverse en 2 a 3 días hábiles.


�Qu� pasa con el Bono Social tras el fallecimiento?

Un escenario muy habitual es que la persona fallecida fuera beneficiaria del Bono Social El�ctrico, una ayuda del Gobierno que aplica descuentos de entre el 25% y el 80% en la factura de la luz a pensionistas, familias numerosas o consumidores vulnerables.

Es crucial entender que el Bono Social es personal e intransferible. No se hereda. Cuando se tramita el cambio de titular de luz por fallecimiento, el contrato pierde autom�ticamente esta bonificaci�n, ya que las condiciones que daban derecho al descuento estaban ligadas al DNI y situaci�n socioecon�mica de la persona fallecida.

�Qu� debe hacer el nuevo titular?

  1. Tramitar el cambio de titularidad a su nombre (el contrato pasar� a la tarifa regulada PVPC sin descuento por defecto, o a una tarifa libre si se elige otra comercializadora).
  2. Si el nuevo titular tambi�n cumple con los requisitos para acceder al Bono Social (por nivel de renta, por ser familia numerosa o pensionista con la m�nima), deber� solicitar el Bono Social desde cero aportando su propia documentaci�n.
Es importante no intentar ocultar el fallecimiento para seguir cobrando el Bono Social, ya que las comercializadoras de referencia cruzan datos peri�dicamente con la Seguridad Social y la Agencia Tributaria. Si se detecta un uso indebido tras el fallecimiento, la compa��a puede reclamar la devoluci�n de los descuentos aplicados indebidamente de forma retroactiva.

Situaciones complejas: Alquileres, herencias compartidas y viviendas vac�as

A menudo, la herencia o la situaci�n del inmueble no est� clara el mismo d�a del fallecimiento, lo que genera dudas sobre a nombre de qui�n poner la luz.

1. La vivienda tiene varios herederos (Herencia compartida)

Cuando una casa queda para varios hermanos o familiares, la luz no puede ponerse a nombre de todos. El contrato de suministro solo admite un titular f�sico o jur�dico. En estos casos, los herederos deben llegar a un acuerdo para que uno de ellos figure como titular del contrato y aporte su cuenta bancaria.

Para evitar conflictos internos, muchos herederos optan por:

  • Poner de titular a uno de los hermanos, pero domiciliar el recibo en una cuenta bancaria com�n creada espec�ficamente para los gastos de la herencia (la "comunidad hereditaria").
  • Las compa��as el�ctricas permiten perfectamente que el titular del contrato (DNI 1) y el titular de la cuenta bancaria donde se cobran los recibos (DNI 2) sean personas distintas. Solo se necesita la autorizaci�n del titular de la cuenta.

2. El fallecido viv�a de alquiler (Era el inquilino)

Si el fallecido era el inquilino y ten�a los suministros a su nombre, la responsabilidad recae sobre los familiares o, en su defecto, sobre el propietario de la vivienda.

  • Si el c�nyuge u otros familiares van a seguir viviendo all�: Tienen derecho a subrogarse en el contrato de alquiler y, por tanto, deben hacer el cambio de titular de la luz a su nombre aportando el contrato de arrendamiento o el certificado de empadronamiento.
  • Si la vivienda queda vac�a y se devuelve al propietario: Es fundamental notificar al propietario. El due�o de la casa debe recuperar la titularidad de los suministros r�pidamente para que no corten la luz, aportando la escritura de propiedad y el certificado de defunci�n.

3. El fallecido era el propietario y la casa estaba alquilada

Si el fallecido era el due�o (arrendador) pero la casa est� alquilada a terceros:

  • Si el inquilino ya era el titular de la luz, no hay que hacer nada con la compa��a el�ctrica. El inquilino sigue pagando su luz.
  • Si el fallecido manten�a la titularidad de la luz y el inquilino le pagaba a �l (pr�ctica poco recomendada), los herederos deben obligar al inquilino a realizar un cambio de titular a su nombre inmediatamente, para evitar que las facturas de un tercero recaigan sobre la masa hereditaria.

Evitar cortes de luz y riesgos en viviendas desocupadas

Tras el fallecimiento, es com�n que la vivienda quede cerrada y sin habitar durante meses mientras se vende o se resuelve la herencia. Algunos herederos piensan: "Como no vive nadie, voy a dar de baja la luz para no pagar".

Dar de baja la luz es, en el 90% de los casos, un grave error.

Riesgos de dar de baja el suministro:

  1. Sistemas de seguridad y alarmas: Si la vivienda se queda sin suministro el�ctrico, las alarmas y c�maras de seguridad dejan de funcionar, dejando la casa expuesta a ocupaciones ilegales (okupas) o robos, un riesgo alto en viviendas de herencias.
  2. Da�os en la vivienda: El frigor�fico y el congelador deben desconectarse adecuadamente. Si simplemente se corta la luz, la comida se pudrir�, generando plagas, malos olores y da�os costosos de reparar. Si hay sistemas de dom�tica o bombas de agua, tambi�n dejar�n de funcionar.
  3. Coste de reconexi�n: Volver a dar de alta la luz meses despu�s cuando se vaya a vender o alquilar la casa costar� entre 50 y 200 euros en derechos de alta, adem�s del tiempo de espera y la posibilidad de que exijan un Bolet�n El�ctrico (CIE) nuevo si la instalaci�n es antigua.

La soluci�n ideal para viviendas vac�as por herencia:

Lo correcto es hacer el cambio de titular por fallecimiento a nombre de un heredero y, simult�neamente, bajar la potencia contratada al m�nimo posible (por ejemplo, a 1,15 kW o 2,3 kW).

Al bajar la potencia al m�nimo y no haber consumo en la casa, la factura mensual se reducir� a unos 10-15 euros. Ese peque�o coste mantendr� la alarma encendida, evitar� cortes de luz y mantendr� el CUPS activo para cuando la casa cambie de manos.


�C�mo saber si el fallecido ten�a deudas antes de hacer el cambio?

Como explicamos anteriormente, no est�s obligado a pagar deudas del fallecido para cambiar el titular si haces un alta nueva, pero si haces una subrogaci�n normal, la compa��a podr�a reclamarte ese saldo pendiente. Por eso, antes de llamar para cambiar de nombre, debes investigar la situaci�n financiera del suministro.

Pasos para comprobar deudas:

  1. Revisar extractos bancarios: Si tienes acceso a las cuentas del fallecido, busca los �ltimos recibos de luz. Si hay cargos recientes devueltos o la cuenta estaba a cero, es probable que haya deuda.
  2. Llamar a la compa��a para informarse: Antes de decir "quiero cambiar el titular", llama a atenci�n al cliente, identif�cate como heredero (con DNI y certificado de defunci�n a mano) y solicita el estado de cuenta actual del CUPS.
  3. Cartas de aviso: Revisa el buz�n de la vivienda. Las el�ctricas siempre env�an avisos de impago o notificaciones de corte por correo ordinario antes de tomar medidas dr�sticas.
Si descubres que hay una deuda importante (por ejemplo, varios miles de euros por un fraude previo o enganche ilegal que el fallecido hubiera cometido), debes asesorarte legalmente antes de firmar ning�n cambio de titularidad, y exigir a la comercializadora un "cambio de titular sin subrogaci�n de deuda", aportando el certificado de defunci�n para demostrar que t� eres un nuevo ocupante/propietario limpio de esas cargas.

Gu�a paso a paso ampliada: C�mo hacer el tr�mite online en las webs

Si decides no usar el servicio gratuito de AltaLuz y prefieres enfrentarte a las webs de las el�ctricas por tu cuenta, aqu� tienes el desglose exacto de los botones que debes pulsar.

En la Oficina Virtual de Endesa

  1. Entra en www.endesaclientes.com y reg�strate o inicia sesi�n. Si no tienes cuenta propia, puedes intentar crear una vinculada al contrato del fallecido usando su DNI y n�mero de contrato, aunque es m�s seguro hacer el tr�mite como "No Cliente" o desde tu cuenta propia si ya eres cliente de Endesa en otra casa.
  2. Ve a la pesta�a "Gestiones".
  3. Selecciona "Modificar mis contratos" y luego "Cambio de titular".
  4. El sistema te preguntar� el motivo. Selecciona expresamente "Por fallecimiento".
  5. Te pedir� el DNI del antiguo titular (fallecido) y el c�digo CUPS.
  6. A continuaci�n, rellenar�s tus datos personales (nuevo titular) y el IBAN donde domiciliar�s los cobros.
  7. Al final, tendr�s que subir el Certificado de Defunci�n escaneado (en formato PDF o JPG). Aseg�rate de que sea legible.

En la Web de Iberdrola

Iberdrola es un poco m�s tradicional y su formulario online requiere m�s atenci�n.

  1. Entra en www.iberdrola.es.
  2. En el men� superior, ve a "Atenci�n al cliente" > "Gestiones online" > "Cambio de titular".
  3. Descarga el PDF llamado "Formulario de Cambio de Titularidad".
  4. Imprime el formulario, rell�nalo indicando que el motivo es fallecimiento. Presta atenci�n a la casilla que dice "Asunci�n de deuda" (marca NO asumir deuda si sospechas de impagos, aunque requerir� m�s comprobaciones por parte de Iberdrola).
  5. Escanea el formulario firmado, tu DNI y el Certificado de Defunci�n.
  6. Env�alo todo al correo electr�nico clientes@tuiberdrola.es con el asunto "Cambio Titular Fallecimiento + CUPS".
  7. Guarda el correo enviado como resguardo legal de que has notificado a la compa��a.

Consejos para aprovechar el tr�mite y ahorrar en la factura

El cambio de titular de luz por fallecimiento es el momento perfecto para hacer una limpieza a fondo del contrato el�ctrico. La mayor�a de personas mayores llevan a�os, o incluso d�cadas, sin revisar su tarifa de luz. Es muy probable que el contrato del fallecido tenga condiciones abusivas o anticuadas.

Cuando hagas el cambio de titular, revisa estos tres puntos fundamentales:

1. Servicios de mantenimiento innecesarios

Muchos contratos antiguos tienen anexados servicios como "Servicio de urgencias el�ctricas", "Mantenimiento de electrodom�sticos" o "Protecci�n de pagos". Estos servicios pueden sumar entre 5 y 15 euros extra a la factura cada mes (hasta 180 � al a�o). Si la casa va a estar vac�a o si ya tienes un buen seguro de hogar que cubra emergencias, exige que den de baja todos los servicios adicionales al hacer el cambio de titular.

2. Revisi�n de la potencia contratada (El gran ahorro)

Como coment�bamos antes, la potencia determina la parte fija de la factura (lo que pagas aunque no enciendas una bombilla). Si la vivienda ten�a contratados 5,75 kW porque viv�a una familia entera, pero ahora la casa va a estar cerrada o solo ir� un familiar a limpiarla de vez en cuando, est�s tirando el dinero.

  • Baja la potencia a 2,3 kW (o menos) si la casa va a estar vac�a.
  • Reducir 2 tramos de potencia te puede ahorrar unos 100 euros al a�o de forma autom�tica.
  • Recuerda que bajar la potencia cuesta unos 11� (derechos de enganche), pero se amortiza en el primer mes.

3. Cambio a una tarifa m�s barata

Al heredar un contrato, heredas la tarifa que ten�a el fallecido. Si estaba en una tarifa de mercado libre contratada hace 5 a�os, es muy probable que est� pagando el kWh a un precio desorbitado (por encima de 0,20 �/kWh).

  • Al cambiar el titular, no tienes ninguna obligaci�n de permanencia con esa compa��a.
  • Eres libre de llevarte el contrato a una comercializadora m�s barata (Repsol, TotalEnergies, Octopus, Gana Energ�a, etc.).
  • En AltaLuz, cuando gestionamos el cambio de titular por fallecimiento, comparamos el precio que ten�a el fallecido con todas las ofertas actuales del mercado. Si hay algo m�s barato, te tramitamos el cambio de nombre y el cambio de compa��a a la vez, garantiz�ndote la factura m�s baja posible desde el primer d�a.

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